Los trabajadores afiliados a EsSalud y que den positivo a las pruebas COVID-19 recibirán un subsidio por incapacidad laboral, por los primeros 20 días no laborados, según lo estableció el Ministerio de Trabajo.
Este subsidio lo pagará EsSalud y no el empleador. Para lo cual deberá considerarse lo siguiente:
Requisitos para el trabajador
1. Ser trabajador dependiente, reconocido como asegurado titular activo de EsSalud a la fecha de inicio de la incapacidad ocasionada por la enfermedad del COVID-19. Ello quiere decir que debes de estar en planilla.
2. Haber sido diagnosticado con la enfermedad del COVID-19, confirmado con hisopado positivo o el procedimiento que determine la autoridad nacional de salud ello debe de ser validado por La Gerencia Central de Prestaciones de Salud.
3. Y este punto que es muy importante, no debes de percibir más de 2.400 soles mensuales de remuneración.
Monto del subsidio
Dependerá del tipo de asegurado, de acuerdo al artículo 33 del Decreto Supremo 013-2019-TR.
En el caso de asegurados regulares es su remuneración mensual, excluyendo las gratificaciones u otros ingresos.
¿Dónde lo cobraras?
La empresa será quien pague directamente el subsidio excepcional por los primeros 20 días de incapacidad temporal para el trabajo a favor de su trabajador con diagnostico confirmado de la enfermedad del COVID-19, ello se dará cuando te toque cobrar tu mensualidad.
Luego de haber echo el pago la empresa solicitará de forma virtual el reembolso del subsidio excepcional, consignando la información que EsSalud requiera para ello, quien deberá depositar los recursos en un plazo máximo de 5 días hábiles.
En caso que el asegurado titular tenga la enfermedad del COVID-19, y también se encuentre con la prestación del subsidio por maternidad o por incapacidad temporal para el trabajo por una eventual distinta a la enfermedad del COVID-19, EsSalud continúa pagando el subsidio hasta la culminación del descanso por maternidad o de la incapacidad temporal para el trabajo, hasta los topes máximos establecidos en el Decreto Supremo N° 013-2019-TR, respectivamente.
Y que pasas si falleces?
(Esperamos que no, que te cuides con los implementos de seguridad y no salgas de casa)
EsSalud paga el subsidio excepcional por los veinte (20) primeros días de incapacidad o hasta la fecha de fallecimiento de ocurrir esta antes. En este último supuesto se considera la fecha de fallecimiento consignada por la autoridad de salud.
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