Es importante que para este tramite y todos los tramites de Prestaciones Económicas llames antes, no olvides que Essalud esta dividido en dos áreas una de Prestaciones Económicas y la otra Agencia de Aseguramiento, si bien ambas funcionan en la misma Agencia, son autónomas y cada una tiene un jefe, Consulta en algunas sedes se entregan tickets para prestaciones económicas de 8 am hasta 12 m.


Solicitud de Pago Directo (Form. 8002), llenada y firmada por la asegurada y la entidad empleadora. (Representante Legal  o Funcionario Autorizado según Registro de Firmas)
Asegurados agrarios independientes y pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes:
Solicitud de Pago Directo (Form. 8002), llenada y firmada por el asegurado.
Trabajadores portuarios y ex afiliados a la CBSSP sin vínculo laboral al momento de la ocurrencia (período de baja temporal):
Solicitud de Pago Directo (Form. 8002), llenada y firmada por el asegurado y la última entidad empleadora para la cual laboró. ( Representante Legal  o Funcionario Autorizado según Registro de Firmas)
Firma del Asegurado debe coincidir con copia DNI y RENIEC
Firma del Representante Legal de Entidad Empleadora debe coincidir con copia DNI y RENIEC
El nacido deberá estar inscrito en EsSalud
Si la madre no es titular deberá estar inscrita en EsSalud
DNI del asegurado (copia simple).
DNI de la beneficiaria (copia simple)
DNI del representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora, que suscribe la solicitud (copia simple).
DNI del menor (copia simple y mostrar original)

En caso sea un tercero quien realice el trámite
DNI del tercero que realiza el trámite de la solicitud (copia simple).
Carta poder simple de representación para trámite de la solicitud
En caso que la solicitud no sea firmada por el Representante Legal de la Entidad Empleadora
Registro de Firmas de Funcionarios Autorizados
En caso de fallecimiento de la madre:
Partida original de defunción de la madre (que presentará el padre o tutor).
Documento que acredite la tutela del niño, en el caso de tutor y de abandono del menor 
En caso que la madre menor de edad sea soltera y sin título oficial que la autorice a ejercer una profesión u oficio:
Copia del  documento que acredita ser padre o madre, o tutor de la madre del lactante (mostrar original)
En caso de Trabajadores del Hogar
Declaración Jurada llenada y firmada por Empleador TH
En caso de Agrarios Independientes: 
Copia de Contrato de Afiliación a EsSalud 
En caso de pensionistas
Copia simple del último talón de pago y mostrar original 

No olvidar que el hijo y la pareja deben de estar inscritos previamente en Essalud, se pueden hacer ambos tramites a la vez.
Tienen plazo para el cobro de lactancia 90 días y 6 meses posteriores al nacimiento del niño. ¿Como se suma ello?, es simple, al momento del nacimiento del niño sumarle 90 días, de ahí sumarle 3 meses.

Para el cobro de este tramite ESSALUD no atiende los sabados.


¿Qué se entiende por subsidio por lactancia?
Es el monto en dinero que se otorga con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de asegurado regular o de régimen especial o agrario, por un monto de S/. 820.00, por cada lactante.
¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?

  • Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se produjo el parto.
  • El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se produjo el parto.
  • El lactante debe estar inscrito como derechohabiente del asegurado.
  • Si la madre del lactante no es asegurada titular, deberá estar inscrita en EsSalud.
  • Si el lactante ha fallecido, antes de ser inscrito, corresponde efectuar la inscripción póstuma.
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