DAR DE BAJA A LOS DERECHO HABIENTES EN ESSALUD


Dar de Baja a los derechohabientes

La baja de los derechohabientes afiliados a EsSalud por fallecimiento, divorcio o término de la relación de concubinato, debe ser realizada por la entidad empleadora a través de la Planilla Electrónica; sin embargo, tu deberás proveerle a tu empleador los siguientes requsitos para que él pueda hacer la desafiliación.
La baja origina la desafiilación de los derechohabientes a EsSalud; por lo tanto la pérdida de la cobertura. 
EsSalud realiza excepcionalmente la baja de los derechohabientes en caso que el registro efectuado por el empleador no se registre en los sistemas informáticos de EsSalud. 
En EsSalud, la baja de los derechohabientes se realiza en las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas a nivel nacional a solicitud del interesado(a), quien puede ser el asegurado titular, derechohabiente o representante legal de alguno de ellos.
Requisitos
  • Formulario 1010- Formulario Único de Seguros y Prestaciones Económicas, firmado por el empleador o titular.
  • Documento de identidad del titular y de la persona que deseas desafiliar
  • Copia del Acta o Partida de Defunción emitida por RENIEC o Municipalidad. 
    • En caso el fallecimiento haya sido en el extranjero, deberá presentar una copia simple legible del Acta de Defunción inscrita en el Consulado Peruano del país de origen y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con el sello de Apostilla de la Haya, emitida con una antigüedad no mayor de seis (6) meses.
  • En caso la baja se genere por otros motivos: presentar una copia de los documentos que sustenten la baja de registro, distintos al fallecimiento
Además deberás adjuntar estos documentos adicionales según el caso de:
  • cónyuge: en caso de divorcio, presentar copia de Partida de Matrimonio con anotación marginal de divorcio o Sentencia Judicial Firme, Acta Notarial o Resolución de Alcaldía que señale la disolución de vínculo matrimonial.
  • Si el divorcio fue en el extranjero: copia de Resolución Judicial de reconocimiento de Sentencia de Divorcio expedida por el Tribunal extranjero y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con sello de Apostilla de la HAYA emitido con una antigüedad no mayor de seis (06) meses. 
  • concubino/a: Declaración Jurada suscrita por uno o ambos ex concubinos donde se declara el fin de la relación de concubinato. 
En caso la baja la realice un tercero: documento de identidad del afiliado (titular) y carta poder simple firmada por el afiliado, autorizando la baja.
Hazlo así:
1 Prepara los documentos
Descarga, llena y firma el Formulario N° 1010 además prepara la copia del Acta o Partida de Defunción emitida por RENIEC o Municipalidad y la documentación específica para los casos de desafiliación de cónyuge o concubino/a o los documentos necesarios para sustentar la desafiliación por otro motivo al fallecimiento o disolución del vínculo.

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